Un vocablo que ha hecho carrera en nuestra lengua es “presunto“. Suele emplearse cuando se trata de hechos delictivos. Un atracador que acaba de robar la caja de un establecimiento bajo la mirada de numerosos testigos, no es un atracador, sino “un presunto atracador”. La máxima de “in dubio pro reo” (en caso de duda, a favor del acusado) está siendo aplicada por los medios de comunicación hasta extremos ridículos. Si una persona mata a otra (una mujer) en presencia de varios testigos, los medios escribirán “el presunto homicida”. Está claro que a un homicida sólo puede calificársele de “asesino” (no “presunto asesino”) si ha sido juzgado y condenado por su acción. Pero antes de que eso suceda es necesario que el juez haya dictado la correspondiente sentencia. Puede ser que la defensa y los forenses coincidan en que el “presunto” homicida no estaba en posesión de sus facultades mentales: un súbito brote de locura, la incidencia del alcohol y las drogas en el momento de cometer la acción y otras circunstancias (eximentes) atenuantes pueden cambiar la sentencia en el sentido de que el homicida no vaya a la cárcel, sino que sea recluido en un centro psiquiátrico cerrado, lo cual suele ocurrir, especialmente, cuando el condenado es joven y existe la esperanza de una curación y reinserción en la sociedad.
Presuntamente, la opinión pública aún no haya digerido la idea de que un “presunto autor” de un “presunto” asesinato, vaya a cambiar jamás en la vida y por eso espera las máximas penas contra los “presuntos” homicidas, que ahora serían “presuntos acusados” y, finalmente, “presuntos sentenciados”.
Entre tanto “presunto” no debemos olvidar el escandaloso número de mujeres muertas a manos de sus parejas. En lo que va de año, en España ya van más de setenta. ¿No habrían de revisarse las medidas de protección a las mujeres amenazadas? Visto lo visto, no parecen muy efectivas.
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