jueves, 25 de julio de 2013

Leído en la Prensa: Matas-Blanco




El Tribunal Supremo ha salvado a dos exministros de una situación más que delicada. Al popular Jaume Matas de ir a la cárcel, y al socialista José Blanco de sentarse en el banquillo de los acusados del Alto Tribunal. Todo en menos de una semana. A este último le han librado de una posible condena por delito de tráfico de influencias y al expresidente balear se le ha rebajado la condena de seis años a nueves meses de prisión, y por tanto no tiene que ingresar en la cárcel al no superar los dos años que establece la ley.
 
Ambos compartían varios delitos. Precisamente, el que fue archivado para José Blanco, el de tráfico de influencias, ha sido el único que el Supremo ha mantenido a Matas. En el caso del primero, se entendió que -en contra del criterio del magistrado instructor del Supremo, José Ramón Soriano, y de la Fiscalía- poner en contacto a un empresario amigo suyo, José Antonio Orozco, con el alcalde socialista de San Boi para aclarar un expediente negativo a una licencia no era constitutivo de delito.
 
Ahora, ambos se presentan como víctimas de una injusticia. La Audiencia Provincial de Palma se equivocó. Soriano se equivocó con Blanco. Igual en la instrucción del caso de Matas, que estuvo a cargo del juez José Castro, quien investiga actualmente al yerno del Rey, Iñaki Urdangarín, y quien llegó a imputar a la infanta Cristina de Borbón.
 
Este archivo de causas o relajación de penas podría ocurrir en el caso Gürtel y caso Bárcenas o ERE de Andalucía si llegan al Tribunal Supremo y éste sigue empleando criterios parecidos. Los dos primeros afectan a dirigentes y ex dirigentes –incluidos ministros- del Partido Popular, y en el último se investiga al socialismo andaluz, con una ministra de Rodríguez Zapatero incluida.
 
No hubo tráfico de influencias con Blanco
Para que se cumplan los requisitos de tráfico de influencias, se exige el abuso de la situación de superioridad y no puede penalizarse genéricamente “cualquier gestión realizada por quien ostenta una posición jerárquica superior, sino únicamente aquella en que la posición de superioridad se utiliza de modo desviado”. Es necesario, según el Supremo, que se ejercite una presión impropia del cargo y debe exigir un interés espurio por ejercer la influencia sobre el funcionario o la autoridad que debe tomar la decisión, "introduciendo en su motivación elementos ajenos a los intereses públicos”.
 
Así, la actuación del exministro en le etapa de José Luis Rodríguez Zapatero no sería constitutiva de un delito de tráfico de influencias, algo que no puede decir Jaume Matas, miembro del Gobierno con José María Aznar. Según la sentencia que se acaba de hacer pública, Matas utilizó su autoridad jerárquica para presionar al director general de Comunicación, Joan Martorell, con entidad suficiente para alterar el proceso de valoración de la solicitud de subvención realizada por Antonio Alemany, el periodista que elaboraba los discursos al presidente balear, para crear una agencia de noticias.
 
Matas consiguió que Martorell hiciera la propuesta que determinó la concesión, “con pleno conocimiento de que influyó con prevalimiento para conseguir que se resolviera la subvención en beneficio de Alemany”, sostiene.
 
El expresidente balear se ha librado del delito de prevaricación, penado con hasta cuatro años de prisión -el de tráfico de influencias tiene un máximo de dos-. El diputado socialista inicialmente también había sido investigado por ese delito, pero en plena instrucción consiguió que el magistrado lo retirara. En el caso de Matas, el Supremo considera que el concurso que ganó la empresa Nimbus Publicidad para encargarse del asesoramiento externo de comunicación cumplió todo los requisitos. Y que esta empresa, que factura los trabajos realizados por Alemany para Matas, no incumplía en modo alguno el pliego de condiciones.
 
Fuente: El Confidencial (elconfidencial.com)
Autor: C. Guindal
 

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